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ID 10837079
Cuando resulte procedente la exención solicitada, ¿dónde se publicará el "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias"?
16/10/2009 12:00:00 a.m.

El "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias", se publicará en el sitio "web" institucional (www.afip.gob.ar)

Asimismo, la entidad solicitante podrá visualizar e imprimir dicho certificado a través del servicio con clave fiscal "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias", "Consultar estado de la solicitud presentada".


Fuente: Art. 16 RG 2681/09



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