ID 10837079 Cuando resulte procedente la exención solicitada, ¿dónde se publicará el "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias"?
16/10/2009 12:00:00 a.m.
El "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias", se publicará en el sitio "web" institucional (www.afip.gob.ar)
Asimismo, la entidad solicitante podrá visualizar e imprimir dicho certificado a través del servicio con clave fiscal "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias", "Consultar estado de la solicitud presentada".