Deberás cumplir con el régimen de información si estás inscripto en los Registros Especiales Aduaneros como operador de contenedores o sos agente de transporte aduanero, operás con contenedores y tenés iniciado el trámite para ser operador de contenedores.
El servicio “Registro de Contenedores” te será asignado de oficio y necesitarás clave fiscal con nivel mínimo de seguridad 3, para poder operarlo.
La información que suministres tendrá carácter de declaración jurada.
Deberás actualizar tus registros cada vez que se produzca una modificación de la información que habías suministrado anteriormente, dentro de los siguientes plazos:
- Las altas, con una antelación no inferior a 24 horas, del arribo del contenedor al territorio aduanero.
- Las bajas y las transferencias, dentro de las 48 horas de producidas.
El incumplimiento total o parcial de las obligaciones provocará la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el Código Aduanero, sin verse perjudicada la aplicación de las sanciones previstas en él por las infracciones aduaneras que se hayan cometido.