10/08/2023
Importación de banana
Continuando con el ordenamiento gradual de las cadenas agroalimentarias de frutas y hortalizas, y en el marco de las facultades emanadas del art. 3° de la Ley 27233 y de lo establecido en el art. 29° de la Resolución General Conjunta AFIP-Senasa 4297, se comunica que:
Al emitir un DTV-e, el tipo de movimiento “Puesto de frontera – minorista” para el producto "banana" dejará de estar disponible a partir del 1° de septiembre próximo.
Los mercados minoristas, que en el Sistema Integrado de Gestión del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal han sido destinatarios del producto banana desde los puestos de control fronterizos, deberán regularizar su identificación en los registros del SENASA para continuar recibiendo mercadería directa de importación. Para ello, deberán ponerse en contacto con el área de Inocuidad Vegetal del Centro Regional que les corresponda por su domicilio.
Se recomienda a los importadores de banana que acostumbran emitir DTV-e para este tipo de movimientos le comuniquen esta novedad a sus clientes y habituales destinatarios a fin de agilizar los trámites de inscripción en el SENASA que correspondan.