Seguridad Social
El Decreto Nº 792/20 establece que las personas mayores de sesenta años y en situación de mayor riesgo exceptuados de prestar tareas durante la vigencia del ASPO, recibirán una compensación no remunerativa, debiendo ingresarse los aportes y contribuciones con destino a la Obra Social y al INSSJP.
La vigencia del beneficio opera a partir del período devengado octubre de 2020.
Los empleadores alcanzados por el beneficio mencionado, podrán acogerse a los mismos utilizando el servicio "Declaración en Línea".
Inclusión del código 50 en la tabla Situación a los efectos de identificar a los empleados alcanzados por el Decreto Nº 792/20.
Actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil: Resolución Consejo Nacional del empleo, la producción y el SMV y M Nº 4/20 a partir de 10/2020.
Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial. Noviembre 2020.
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